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Buenos Aires II Argentina II 2004

 

Reglamento de Polo

VIII.
 Penales


EJECUCION

En todos los tiros libres se considerará que la bocha está en juego desde el momento que se le ha pegado o se ha intentado pegarle y errado. Debe entenderse por pegado o su intención la acción destinada a poner en juego la bocha. El jugador deberá pegarle a la bocha, o intentar pegarle, en la primera tentativa; no está permitido pasar sobre la bocha, ni dar vuelta arrepintiéndose durante la aproximación final, ni tomar carreras exageradas. Como excepción, en los penales otorgados desde o dentro de las 60 yardas contrarias, se podrá pasar por la bocha sin intentar pegarle o dar vuelta en redondo durante la aproximación final, por una única vez. La infracción a esta regla será sancionada con un throw-in Capítulo VI - 8.

No se permitirá en los tiros penales acomodar la bocha formando un montículo de tierra o pasto hecho con el cigarro del taco, o de cualquier otra manera (tee-up).

Una vez que la bocha ha sido acomodada para tirar un penal y el Referee ha dado la orden de ejecutarlo, no se permitirá acomodar la bocha nuevamente, y el Jugador deberá hacerlo con la bocha como se encuentre.

Los Penales 2 (30 yardas), 3 (40 yardas), 4 (60 yardas) y 6 (corner) deberán ejecutarse de un solo golpe (salvo que en el penal 2 se haya optado por ejecutarlo del lugar). En consecuencia el jugador que ejecuta el penal, no podrá hacer un dribbling preparatorio, para el mismo o para un compañero. La infracción a esta regla será sancionada con un throw-in (Capítulo VI - 8).

Ninguna infracción cometida a un jugador del bando atacante, cuando el juego esté dentro de los 54,90 m línea de 60 yardas, será sancionada una penalidad menos favorable que Penal 4 (60 yardas).

El tiro libre desde el lugar donde se cometió la infracción, como opción del capitán del bando perjudicado, sólo es aplicable en el caso del Penal 2 a (penal del lugar).


GOL PENAL (Penal 1)

a) Si en la opinión del juez un jugador comete una infracción peligrosa o deliberada para salvar un gol, en la proximidad del mismo, se concederá un gol al bando perjudicado.

b) Una vez que se reanude el juego no se cambiará de lado y la bocha deberá ser tirada en donde se produjo la infracción, hacia el costado más próximo de la cancha

PENAL DE 30 YARDAS (Penal 2)

Un golpe libre a la bocha desde un punto situado a 27,45 m (30 yardas) de la línea trasera del bando infractor frente al medio del arco o si se prefiere, desde donde se cometió el "foul" (a elección del capitán del bando perjudicado). Todo el bando infractor debe permanecer detrás de su línea trasera, pero fuera del arco, hasta que se pegue a la bocha o se intente pegarle, y una vez puesta en juego la bocha ninguno de ese bando podrá salir por entre los postes del arco. Los jugadores del bando que ejecuta la pena deberán estar detrás de la línea de las 30 yardas. Si el capitán del bando perjudicado elige tirar el penal desde el sitio donde se cometió el foul, ninguno del bando infractor debe estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha, en este último caso los jugadores del bando atacante deberán estar detrás de la línea de la bocha.

a) Si al ejecutarse el Penal 2 (30 yardas), en la opinión del juez, el golpe libre hubiera resultado gol, pero es detenido por el bando infractor, que hubiese salido por entre los postes del arco o que hubiese traspuesto la línea trasera antes de ser golpeada la bocha, el tiro será considerado como un gol para el bando perjudicado.
b) Si al ejecutarse el Penal 2 (30 yardas), en la opinión del juez, el golpe libre hubiera resultado desviado, o es detenido por el bando infractor que hubiese salido por entre los postes del arco o que hubiese traspuesto la línea trasera antes de ser golpeada la bocha, el tiro deberá ejecutarse nuevamente

PENAL DE 40 YARDAS (Penal 3)

Un golpe libre a la bocha desde un punto situado a 36,60 m (40 yardas) de la línea de gol del bando infractor frente al medio del arco. Todo el bando infractor debe permanecer detrás de su línea trasera, pero fuera del arco, hasta que se pegue a la bocha o se intente pegarle y una vez puesta en juego la bocha ninguno de ese bando podrá salir por entre los postes del arco los jugadores del bando que ejecuta la pena deberán estar detrás de la línea de las 40 yardas.

a) Si al ejecutarse el Penal 3 (40 yardas), en la opinión del juez, el golpe libre hubiera resultado gol, pero es detenido por el bando infractor que hubiese salido por entre los postes del arco o que hubiese traspuesto la línea trasera antes de ser golpeada la bocha, el tiro será considerado como un gol para el bando perjudicado.
b) Si al ejecutarse el Penal 3 (40 yardas), en la opinión del juez, el golpe libre hubiera resultado desviado, o es detenido por el bando infractor que hubiese salido por entre los postes del arco o que hubiese traspuesto la línea trasera antes de ser golpeada la bocha, el tiro deberá ejecutarse nuevamente.

PENAL DE 60 YARDAS (Penal 4)

Un golpe libre a la bocha desde un punto situado a 54,90 m (60 yardas) de la línea del arco del bando infractor, frente al medio del arco. Ninguno del bando infractor podrá estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha, pudiendo el bando perjudicado colocarse donde quiera.

PENAL DEL LUGAR (Penal 5a)

Un golpe libre a la bocha desde donde estaba cuando se cometió la infracción, pero por lo menos a 4 m de las tablas o de las líneas laterales. Ninguno del bando infractor podrá estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha, pudiendo el bando perjudicado colocarse donde quiera. Si un jugador del bando infractor se ubicara en forma antirreglamentaria, se le concederá al bando perjudicado un nuevo tiro, avanzando el punto del penal 27,45 m. (30 yardas).

PENAL DE MEDIA CANCHA (Penal 5b)

Un golpe libre a la bocha desde el centro de la cancha, no pudiendo ninguno del bando infractor estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha, pudiendo el bando perjudicado colocarse donde quiera. Si un jugador del bando infractor se ubicara en forma antirreglamentaria, se le concederá al bando perjudicado un nuevo tiro, avanzando el punto del penal 27,45 m. (30 yardas).

PENAL DE 60 YARDAS FRENTE DONDE SALIO LA BOCHA (Penal 6 Corner)

Un golpe libre a la bocha desde un punto situado a 54,90 m (60 yardas) de la línea trasera, frente al sitio por donde salió la bocha, pero por lo menos a 4 m. de las tablas o de las líneas laterales. Ninguno del bando infractor podrá estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha, pudiendo el bando perjudicado colocarse donde quiera, Si un jugador del bando infractor se ubicara en forma antirreglamentaria, se le concederá al bando perjudicado un nuevo tiro avanzando el punto del penal 27,45 mts. (30 yardas).

REPETICION DEL PENAL (Penal 7 a)

Si el bando infractor no actúa correctamente al ejecutarse el Penal 2, el 3, el 4 o el 6, se le concederá otro golpe libre a la bocha al bando perjudicado desde el mismo lugar y bajo las mismas condiciones que antes, salvo que se haya marcado un gol o que se haya concedido uno.

SAQUE POR LOS DEFENSORES (Penal 7b)

Si el bando perjudicado no ejecuta correctamente el Penal 2 o el 3, se le concederá a los defensores un saque desde el medio de su arco. Ninguno del bando atacante podrá estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la línea trasera hasta que se pegue a la bocha o se intente pegarle, pudiendo los defensores colocarse donde quieran.

SAQUE DE LA LINEA DE 30 YARDAS (Penal 7c)

Si el bando atacante no cumple correctamente la regla descripta en el Capítulo VI - 5 a (bocha tirada atrás por los atacantes), se les concederá a los defensores un saque desde la línea de las 30 yardas, frente al lugar donde se ejecutó el primer saque o hubo de ser ejecutado. Ninguno de los jugadores del equipo atacante podrá estar a menos de 27,45 m (30 yardas) de la bocha hasta que ésta es golpeada o se intente golpearla; pudiendo los defensores colocarse donde quieran. Por infracción del Penal 7b) o cualquier ulterior infracción al penal 7c) cometida por el bando atacante, se concederá a los defensores otro saque de la línea de 30 yardas.

BOCHA EN JUEGO POR EL JUEZ (Penal 8)

a) Cuando los dos bandos simultáneamente infringen las leyes que regulan la ejecución del Penal 2 o del 3, el juez pondrá en juego la bocha en el lugar en que debía tirarse el penal, con un throw-in según lo establecido en el Capítulo VI - 8.

b) Será sancionado como infracción la demora en tirar un penal; la razonabilidad de la demora quedará a criterio de los jueces, según las circunstancias de la situación. La sanción consistirá en que el juez sonará el silbato, para llamar la atención de los jugadores, y luego arrojará la bocha en el lugar en que debía tirarse el penal, según lo establecido en el Capítulo VI - 8 (throw-in).

c) En caso de demora injustificada en efectuarse el saque, el juez hará sonar el silbato y arrojará la bocha con fuerza, de arrastrón y perpendicularmente a la línea trasera, desde donde hubo de ejecutarse el saque, debiendo colocarse los bandos en igual posición que para un throw-in, pero mirando hacia la línea trasera y a 5 metros de ella; el bando defensor se alineará del lado más cercano al arco.

PETISO DESCALIFICADO (Penal 9a)

Por infracción al Capítulo II - 1 b) (caballos y equipamiento) el juez ordenará que el petiso sea retirado de la cancha y le impedirá que vuelva a jugar durante el partido, o hasta que sea eliminada la causa de la infracción.

JUGADOR RETIRADO (Penal 9b)

Por infracción al Capítulo I - 3 a), b) y c) (equipamiento para los jugadores), el juez ordenará el retiro de la cancha del jugador y le impedirá jugar de nuevo hasta que haya eliminado la causa de la infracción.

En los dos casos citados más arriba, el juego debe reanudarse inmediatamente con un throw-in, como se establece en el Capítulo VI - 8 y debe continuar mientras el jugador esté cambiando de petiso o eliminando la causa de la infracción.

SANCIONES DISCIPLINARIAS

Los actos de inconducta previstos en el Capítulo VII - 12 serán sancionados por el juez con foul técnico, tarjeta amarilla o tarjeta roja, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder conforme lo establecido en el Código de Faltas.

La primera inconducta se penará con un foul técnico. La segunda inconducta, del mismo jugador, merecerá la tarjeta amarilla, además del correspondiente foul técnico.

Cuando a un jugador se le hayan aplicado dos tarjetas amarillas en el mismo partido, o tenga cuatro acumuladas en el mismo año calendario, quedará automáticamente suspendido para el siguiente partido. En caso que el jugador haya finalizado su actuación en ese torneo, la pena se aplicará al primer partido del torneo siguiente equivalente en handicap al torneo anterior.

La tercera tarjeta amarilla aplicada a un jugador en un mismo partido equivale a tarjeta roja y conlleva su expulsión. Si un jugador ha cometido una falta suficientemente grave, el juez podrá disponer la aplicación de la tarjeta amarilla o la expulsión en forma directa. En este último caso, las tarjetas amarillas acumuladas que el jugador expulsado tuviera no se anularán.

Dos tarjetas amarillas en un mismo partido constituye suspensión automática para el siguiente partido de categoría similar o superior, en la que se aplicó la sanción, y el jugador sólo quedará limpio de los efectos que este reglamento dispone para las tarjetas amarillas, una vez cumplida la pena mencionada. En caso de haber recibido el jugador, una o más tarjetas antes del partido en que fue sancionado, las mismas continuarán computándose como tales hasta el fin de la temporada y sólo se anularán si el jugador recibe 4 y cumple como consecuencia de ello, la sanción de una fecha de suspensión.

Nota 1: El jugador que fuera expulsado de la cancha por sanción del juez, quedará automáticamente suspendido hasta que la Subcomisión de Disciplina resuelva su caso.
Nota 2: El equipo al que pertenece el jugador expulsado podrá incorporar un suplente, quien deberá ingresar en condiciones reglamentarias dentro de los cinco minutos siguientes a la expulsión ordenada por el juez. El suplente deberá ser un jugador de handicap menor o igual al del jugador sancionado.
Nota 3: En caso de merecer el acto de inconducta una sanción por parte de la Subcomisión de Disciplina, ésta absorberá la tarjeta amarilla oportunamente impuesta con motivo del hecho.
Nota 4: Las tarjetas amarillas aplicadas en los partidos de los Campeonatos de Categoría "A" - integrada por los torneos Abierto de Primavera que determine anualmente el Consejo Directivo de la Asociación Argentina de Polo - no serán tenidas en cuenta a los efectos de su acumulación con las aplicadas en los partidos correspondientes a los Torneos de Categoría "B", integrada por todos los demás Torneos o Campeonatos organizados o auspiciados por la Asociación Argentina de Polo y viceversa.





 

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